Personas responsables por castigo
Todas las personas son capaces de cometer delitos, excepto aquellas que pertenecen a las siguientes clases:
Uno: Menores de 14 años, en ausencia de prueba clara de que en el momento de cometer el acto que se les imputa, sabían de su carácter delictivo.
Dos: Personas que están incapacitadas mentalmente.
Tres: Personas que cometieron el acto o realizaron la omisión imputada por ignorancia o error de hecho, que desvirtúa cualquier intención criminal.
Cuatro: Personas que cometieron el acto imputado sin estar conscientes de ello.
Cinco: Personas que cometieron el acto o realizaron la omisión imputada por desgracia o accidente, cuando parece que no hubo un diseño malicioso, intención o negligencia culposa.
Seis: Personas (a menos que el delito sea castigado con la pena de muerte) que cometieron el acto o realizaron la omisión imputada bajo amenazas o intimidaciones suficientes para demostrar que tenían motivo razonable para creer y creyeron que sus vidas estarían en peligro si se negaban.
Cualquier acusado tiene derecho a una defensa sólida y vigorosa. Nuestros abogados de defensa criminal tienen décadas de experiencia en la defensa de cualquier conducta criminal. Representamos a clientes en las áreas de San Diego, el Condado Norte de San Diego, Orange, Anaheim y Los Ángeles.